Consejo de Derechos Humanos
Descripción
A través de la resolución 60/251, la Asamblea General de la ONU decidió establecer el Consejo de Derechos Humanos, el órgano más importante de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, como órgano subsidiario de la Asamblea General.
El Consejo está integrado por cuarenta y siete Estados Miembros elegidos de forma directa e individual en votación secreta por la mayoría de los miembros de la Asamblea General Tomando en cuenta la contribución de los candidatos a la promoción y la protección de los derechos humanos y sus promesas y compromisos voluntarios que hayan hecho al respeto. Los miembros del Consejo desempeñan sus funciones durante un período de tres años y no pueden optar a la reelección inmediata después de dos períodos consecutivos.
La Asamblea General, por mayoría de dos tercios de los miembros presentes y votantes, podrá suspender los derechos inherentes a formar parte del Consejo de todo miembro de éste que cometa violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos.
El Consejo se reúne periódicamente a lo largo del año y celebra como mínimo tres períodos de sesiones por año, que tendrán una duración total no inferior a diez semanas, y puede celebrar períodos extraordinarios de sesiones, cuando sea necesario, a solicitud de un miembro del Consejo con el apoyo de un tercio de los miembros de éste.
Responsabilidades
a) Promover la educación y el aprendizaje sobre los derechos humanos, así como la prestación de asesoramiento y asistencia técnica y el fomento de la capacidad, en consulta con los Estados Miembros de que se trate y con su consentimiento;
b) Servir de foro para el diálogo sobre cuestiones temáticas relativas a todos los derechos humanos;
c) Formular recomendaciones a la Asamblea General para seguir desarrollando el derecho internacional en la esfera de los derechos humanos;
d) Promover el pleno cumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos contraídas por los Estados y el seguimiento de los objetivos y compromisos relativos a la promoción y protección de los derechos humanos emanados de las conferencias y cumbres de las Naciones Unidas;
e) Realizar un Examen Periódico Universal, basado en información objetiva y fidedigna, sobre el cumplimiento por cada Estado de sus obligaciones y compromisos en materia de derechos humanos de una forma que garantice la universalidad del examen y la igualdad de trato respecto de todos los Estados;
f) Contribuir, mediante el diálogo y la cooperación, a prevenir las violaciones de los derechos humanos y responderá con prontitud a las situaciones de emergencia en materia de derechos humanos;
g) Asumir la función y las atribuciones de la Comisión de Derechos Humanos en relación con la labor de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;
h) Cooperar estrechamente en la esfera de los derechos humanos con los gobiernos, las organizaciones regionales, las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil;
i) Formular recomendaciones respecto de la promoción y protección de los derechos humanos;
j) Presentar un informe anual a la Asamblea General.
1. Membresía por grupos regionales
Grupo africano:
África del sur 2010
Angola 2010
Burkina Faso 2011
Camerún 2009
Djibouti 2009
Egipto 2010
Gabon 2011
Ghana 2011
Madagascar 2010
Mauricius 2009
Nigeria 2009
Senegal 2009
Zambia 2011
Grupo de America latina y del Caribe:
Argentina 2011
Bolivia 2010
Brasil 2011
Chile 2011
Cuba 2009
México 2009
Nicaragua 2010
Uruguay 2009
Argentina 2011Bolivia 2010 Brasil 2011Chile 2011 Cuba 2009 México 2009 Nicaragua 2010 Uruguay 2009
Grupo asiático:
Arabia Saudita 2009
Bahrain 2011
Bangladesh 2009
China 2009
India 2010
Indonesia 2010
Japón 2011
Jordania 2009
Malasia 2009
Pakistán 2011
Filipinas 2010
Qatar 2010
Republica de Corea 2011
Grupo de Europa occidental y otros Estados:
Canadá 2009
Francia 2011
Alemania 2009
Italia 2010
Países Bajos 2010
Suiza 2009
Reino Unido 2011
Canadá 2009 Francia 2011 Alemania 2009 Italia 2010 Países Bajos 2010 Suiza 2009 Reino Unido 2011
Grupo de Europa del Este:
Azerbaijan 2009
Bosnia y Herzegovina 2010
Eslovaquia 2011
Eslovenia 2010
Federación rusa 2009
Ucrania 2011
Composición de la Mesa
Presidente :
S.E. Sr. Martin Ihoeghian Uhomoibhi (Nigeria)
Vice-Presidente y Relator:
S.E. Mr. Elchin Amirbayov (Azerbaijan)
Vice-Presidentes:
S.E. Sra. Erlinda F. Basilio (Filipinas),
S.E. Sr. Alberto J. Dumont (Argentina),
S.E. Sr. Marius Grinius (Canadá)
Participación de las ONG
La Resolución 60/251 de la Asamblea General regula la participación de las ONG al Consejo de Derechos Humanos sobre la base de los acuerdos y las practicas observados por la Comisión de Derechos Humanos y en particular la Resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social.
Ante el Consejo de Derechos Humanos, las ONG pueden:
• Distribuir tomas de posiciones,
• Presentar comunicaciones escritas.
• Presentar intervenciones orales,
• Participar a la redacción de los proyectos de resolución,
• Participar a las negociaciones de los proyectos de resolución,
• Organizar acontecimientos paralelos.